viernes, 21 de octubre de 2016

Programa de protección radiológica en Medicina Nuclear

PROGRAMA DE PROTECCION RADIOLOGICA EN MEDICINA NUCLEAR
El objetivo principal de la protección radiológica es brindar un nivel asegurado de protección al hombre y al medio ambiente sin impedir de forma indebida las prácticas beneficiosas de las exposiciones a las radiaciones. Así mismo, este programa tiene como propósito dotar al personal con adecuadas responsabilidades y obligaciones para lograr un servicio confiable y seguro.

PROGRAMA DE PROTECCIÓN RADIOLÓGICA (PPR)
  •   Delimita las medidas y recursos requeridos para lograr los objetivos establecidos
  • Revision frecuente de medidas y recursos establecidas 
  •  Identifica falencias y deficiencias para luego tomar medidas y evitarlas
  •  Mantiene registros de las actividades
       ORGANIZACIÓN DE PPR EN UN HOSPITAL (grande y pequeño)






FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES EN MATERIA DE PROTECCIÓN RADIOLÓGICA
Los distintos profesionales quienes asumirán las funciones y responsabilidades en PPR son:

Dirección Gerencia (titular)
 Como máxima autoridad ejecutiva del Centro y representante del titular, es responsable legal de que se sigan las normas contenidas en el PPR, que se cumplan las disposiciones legales vigentes sobre PR y que se instruya e informe al personal sobre los aspectos relacionados con dicho programa. Así mismo, coordinara los Servicios implicados en la gestión, utilización y mantenimiento de las instalaciones radiactivas y radiológicas

Dirección de Gestión
El Director de Gestión, de acuerdo con sus atribuciones, es el responsable del cumplimiento de las normas establecidas en este Manual en lo relativo a:

 - Contratación del personal, que labore en Servicios y Unidades con riesgo radiológico.
·   - Adquisición de equipos productores de radiaciones ionizantes, materiales radiactivos.
·   - Obras, como el mantenimiento que afecten a las instalaciones con riesgo radiológico.
Las responsabilidades y funciones de cada una de estas personas son las siguientes:

Supervisor de instalación radiactiva o Titulado que dirija una instalación de rayos X:
En virtud de su licencia está capacitado para dirigir el funcionamiento de la instalación, siendo responsable de tener actualizado el Diario de Operación. Como responsable directo del funcionamiento de la instalación, está obligado a cumplir y hacer cumplir las normas especificadas del PPR, en el Plan de Emergencia y en cualquier otro documento oficialmente aprobado.

 Operador
En las instalaciones radiactivas médicas, su licencia de operación, se concede a efectos de dejar  constancia de su cualificación en materia de protección radiológica, tendrá autoridad para detener en cualquier momento el funcionamiento de la instalación si estima que se han reducido las condiciones de seguridad.

Especialista en Radiofísica Hospitalaria
Las instalaciones de Radiodiagnóstico, cuando el número de equipos o las técnicas empleadas lo aconsejen, las de Radioterapia y las de Medicina Nuclear, dispondrán de un Especialista en Radiofísica Hospitalaria.

Personas sin licencia
Toda persona que trabaje sin licencia en una instalación deberá conocer y cumplir las normas de protección contra las radiaciones ionizantes así como su actuación en caso de emergencia.

Responsable de Recursos Humanos
Establecerán  la metodología más apropiada para la incorporación de los trabajadores expuestos en sus puestos de trabajo, en cumplimiento de lo establecido en este PPR.

OFICIAL DE PROTECCION RADIOLOGICA
·         Supervisa los aspectos operacionales del PPR
·         Identifica deficiencias en el cumplimiento del PPR e informa al titular de la licencia
·         Verifica sistemáticamente que las tareas que requieren autorización sean ejecutadas únicamente por personal debidamente autorizado
·         Monitorea la seguridad del recibimiento de fuentes y e inventario de fuentes
·         Planea y diseña cualquier instalación radiactiva nueva o modificada
·         Realiza la evaluación de seguridad radiológica de las instalaciones, procesos y equipos nuevos, antes de ser aceptados;
·         Identifica y establece zonas controladas y supervisadas;
·         Asegura adecuado entrenamiento en PR en forma regular, como parte de un “programa general de conocimientos en protección radiológica”, para todos los usuarios y para los que tienen contacto ocasional con fuentes (personal de limpieza, seguridad, mantenimiento, etc.)

PERSONAL EN MEDICINA NUCLEAR (Tecnólogo medico en MN)
·         Identificación del paciente
·         Información del paciente, personas que lo acompañan y la enfermera que lo atiende luego del estudio.
·         Verificación que una paciente no está embarazada y de que no este dando de lactar, ya que esta será suspendida
·         Calcular la actividad administrada a un niño de acuerdo a las normas locales
·         Verificar el radiofármaco suministrado y su actividad
·         Efectuar un control de calidad periódico del activímetro
·         Manejar correctamente el equipamiento y los accesorios de seguridad
·         Informar al OPR en el caso de accidentes o incidentes
·         Informar al médico especialista en medicina nuclear en el caso de errores de administración
·         Participar en la educación y entrenamiento del personal nuevo.

CLASIFICACIÓN DE ZONAS
La clasificación de los lugares de trabajo de acuerdo con la evaluación de las dosis anuales previstas, siendo estas supervisadas por el OPR, se dividen en dos:

Zona vigilada
En esta zona, se recibirá dosis superiores al límite normal para los miembros del público, siendo muy improbable recibir dosis efectivas superiores a 6 mSv.

Zona controlada
En esta zona será necesario establecer procedimientos de baja exposición a la radiación ionizante, evitar la contaminación radiactiva o prevenir y limitar la probabilidad y magnitud de accidentes radiológicos o sus consecuencias.





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